Aprueban que en caso de divorcio, el cónyuge dedicado al hogar y al cuidado de los hijos reciba compensación

No obstará que hubiere realizado otras actividades profesionales

Con 459 votos a favor, 7 en contra y 18 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que adiciona el artículo 273 del Código Civil Federal, con el objetivo de incluir en la ley la compensación para el cónyuge que se haya dedicado al trabajo del hogar y al cuidado de los hijos, en caso de divorcio o separación.

La modificación establece que los cónyuges están obligados a presentar al juzgado un convenio que señale la compensación, la cual no podrá ser superior al 50 por ciento del valor de los inmuebles que hubieran adquirido, compensación a la que tendrá derecho el cónyuge que durante el matrimonio se haya dedicado preponderantemente al desempeño de su trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos.

Para efectos de lo anterior, no obstará que hubiere realizado otras actividades profesionales, el juez de lo familiar resolverá atendiendo a las circunstancias especiales en cada caso.

Este dictamen tiene como sustento los criterios y resoluciones que ha emitido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, reconociendo la doble jornada laboral que realizan las mujeres, estimándose merecedoras de la institución de la compensación.

La compensación significa colocar en igualdad de derechos a las mujeres y hombres que al asumir las cargas domésticas y familiares no lograron desarrollar en el ámbito laboral las mismas posibilidades.

El derecho a la compensación debe quedar establecido claramente en la legislación civil.

La SCJN declara inconstitucional la prisión preventiva oficiosa por defraudación fiscal

Información Libia Bucio

Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declarara como inconstitucional la prisión preventiva oficiosa por defraudación fiscal, y por la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales falsos, el presidente Andrés Manuel López Obrador señaló esta mañana que la decisión, “va en línea de proteger la corrupción”.

El Mandatario nacional señaló que este fallo apoya y protege a una minoría corrupta. “Hace falta todavía lograr en otros poderes, en este caso el Poder Judicial y en la Corte, que se castigue por igual a todos lo que cometen un ilícito y que no esté la justicia al servicio del dinero”, apuntó.

Lo anterior, se da como respuesta a la decisión que tomó el pleno de la SCJN sobre el proyecto de inconstitucionalidad promovido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y diversos integrantes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, en contra de algunas disposiciones emitidas en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de Seguridad Nacional, del Código Nacional de Procedimientos Penales, del Código Fiscal de la Federación y del Código Penal Federal.

Estas reformas son en materia de declaración fiscal y comprobantes fiscales apócrifos, por lo que en el estudio de fondo, la mayoría de ministros consideró excesivo considerar a los delitos fiscales como una amenaza y afectación a la seguridad nacional.

El ministro Alberto Pérez Dayán consideró que ya está establecido el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva, por lo que mantener las normas impugnadas, “podría llevarnos más a configurar un sistema penal huraño a la regularidad cotidiana a la que se desenvuelve la sociedad convirtiendo la prisión preventiva básicamente en un castigo predeterminado”.

Sin embargo, los ministros Arturo Zaldívar y Pérez Dayán están en determinar la prisión preventiva oficiosa.