Aprueban que en caso de divorcio, el cónyuge dedicado al hogar y al cuidado de los hijos reciba compensación

No obstará que hubiere realizado otras actividades profesionales

Con 459 votos a favor, 7 en contra y 18 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que adiciona el artículo 273 del Código Civil Federal, con el objetivo de incluir en la ley la compensación para el cónyuge que se haya dedicado al trabajo del hogar y al cuidado de los hijos, en caso de divorcio o separación.

La modificación establece que los cónyuges están obligados a presentar al juzgado un convenio que señale la compensación, la cual no podrá ser superior al 50 por ciento del valor de los inmuebles que hubieran adquirido, compensación a la que tendrá derecho el cónyuge que durante el matrimonio se haya dedicado preponderantemente al desempeño de su trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos.

Para efectos de lo anterior, no obstará que hubiere realizado otras actividades profesionales, el juez de lo familiar resolverá atendiendo a las circunstancias especiales en cada caso.

Este dictamen tiene como sustento los criterios y resoluciones que ha emitido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, reconociendo la doble jornada laboral que realizan las mujeres, estimándose merecedoras de la institución de la compensación.

La compensación significa colocar en igualdad de derechos a las mujeres y hombres que al asumir las cargas domésticas y familiares no lograron desarrollar en el ámbito laboral las mismas posibilidades.

El derecho a la compensación debe quedar establecido claramente en la legislación civil.

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