INE y SIPINNA ponen candados para usar imágenes de niños, niñas y adolescentes en campañas electorales

El objetivo es proteger a niñas, niños y adolescentes que aparezcan directa o incidentalmente en material de índole electoral

El Instituto Nacional Electoral (INE) y la Secretaría Ejecutiva (SE) del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), reiteraron la validez de requisitos para la difusión de propaganda electoral en la cual exista presencia, participación o imagen de niñas, niños y adolescentes.

Las consideraciones que se deben cumplir se encuentran estipuladas en los Lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político-electoral emitidos por el INE.

Ahí se establece, entre otras, que para que niñas, niños y adolescentes participen en mensajes electorales se requiere la opinión informada de ellas y ellos, así como el consentimiento de sus madres, padres o personas tutoras.

Lo anterior contempla la producción y difusión de dichas comunicaciones para radio, televisión, internet, redes sociales, plataformas digitales y mítines políticos.

En la Primera Reunión Anual de la Red Nacional de Enlaces de Comunicación de las Secretarías Ejecutivas de los Sistemas de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en los estados 2024, se socializaron dichos requerimientos para que la información político-electoral sea correcta y se garanticen los derechos de esta población etaria.

La Encargada del Despacho de la SE del SIPINNA nacional, Constanza Tort San Román, resaltó la importancia de que los derechos de las niñas, los niños y adolescentes estén presentes en uno de los procesos electorales más grandes que ha vivido México.

En el encuentro que se realizó en modalidad digital, el Director de Administración de Tiempos del Estado en Radio y Televisión de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, Jorge Egren Moreno Troncoso, expuso la importancia de contar con el  consentimiento de los padres, madres o tutores y la opinión informada de las y los menores de edad, así como los contenidos planteados en los mencionados Lineamientos.

En el documento se determina que los sujetos obligados a cumplirlos son los partidos políticos nacionales y locales; candidaturas federales y locales; autoridades electorales federales y locales; así como personas físicas o morales vinculadas con cualquiera de los actores mencionados.

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