Semana Santa, no es descanso obligatorio:LFT

Ley Federal del Trabajo no contempla días feriados durante este periodo religioso

El Centro de Conciliación Laboral del Estado de Michoacán informa que los días correspondientes a la Semana Santa no están considerados como descanso obligatorio en la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que no existe obligación legal de suspender actividades laborales durante este periodo. La jornada se mantiene en términos normales, a menos que el patrón decida otorgar estos días de forma voluntaria.

De acuerdo con la LFT, los únicos días oficiales de descanso obligatorio en México están establecidos en el artículo 74, y ninguno de ellos corresponde a Jueves o Viernes Santo. Por lo tanto, estos días no implican pagos dobles ni triples, salvo que exista un acuerdo individual, colectivo o en el reglamento interno de la empresa.

Es importante señalar que, aunque no existe obligación de suspender labores, algunas empresas, principalmente del sector educativo o privado, optan por otorgar estos días como un beneficio adicional para sus trabajadores, lo cual es legal y válido si así se pacta entre las partes.

El director general del Centro, Andrés Medina Guzmán, señaló que conocer los derechos y obligaciones laborales permite a trabajadores y empleadores tomar mejores decisiones. “Estar informados evita conflictos innecesarios y fomenta una relación laboral más justa y transparente”, subrayó.

Para cualquier duda relacionada con los días de descanso, pago de salarios o condiciones laborales, las personas interesadas pueden acercarse al Centro de Conciliación Laboral para recibir orientación gratuita, imparcial y confidencial. Consulta más información en: https://cclmichoacan.gob.mx/

Aprueba Senado reforma que establece igualdad de salarios entre hombres y mujeres deportistas

Habrá un salario base que podrá contar con aportaciones adicionales derivadas de categorías o eventos.

La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), que establece igualdad entre los salarios entre mujeres y hombres deportistas.

El dictamen que fue aprobado en lo general, con 79 votos a favor, establece la obligación de fijar un salario base igual para todos los deportistas sin importar el género.

El documento aprobado establece textualmente: “establece que será violatoria del principio de igualdad de salarios, la disposición que estipule salarios base distintos para trabajos iguales, por origen étnico o nacional, género, sexo, edad, las discapacidades, condición social, de salud, religión, opiniones, estado civil, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas deportistas profesionales.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el Instituto Nacional de las Mujeres, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos y el Sistema Nacional de Cultura Física y Deportes, serán las instancias encargadas de fijar el sueldo base, a través de un diálogo con clubes deportivos, asociaciones y federaciones deportivas.

Finalmente, se establece que aunque se debe fijar el sueldo base tanto para hombres como mujeres, se reconoce la facultad de una remuneración extraordinaria por aportaciones adicionales derivadas de la categoría de los eventos o funciones, de los equipos o de la experiencia en el deporte profesional.

Inicia el Nuevo Sistema de Justicia Laboral en Michoacán

El gobernador del Estado, Alfredo Ramírez Bedolla, dijo que con la implementación de este modelo se paga una deuda histórica que se tenía con los trabajadores

Hoy inicia la operación del Nuevo Sistema de Justicia Laboral en el Estado de Michoacán, con lo que se empieza a escribir una nueva página en la impartición de justicia eficiente, a través del diálogo, la empatía y la conciliación.

Ante la presencia de funcionarios estatales, legisladores y presidentes municipales, Jorge Reséndiza García, magistrado presidente del Poder Judicial de Michoacán, puso en marcha la última fase de la implementación de los centros de conciliación y tribunales laborales.

Reséndiz García dijo que desde hoy se garantiza a la ciudadanía que sus asuntos serán sustanciados y solucionados con estricto apego a las leyes locales, nacionales e internacionales, así como a la Ley Federal del Trabajo.

Por su parte, el gobernador del Estado, Alfredo Ramírez Bedolla, dijo que con la implementación de este modelo se paga una deuda histórica que se tenía con los trabajadores, al brindarles seguridad jurídica y la garantía de entornos laborales seguros.

“Antes de demandar, será obligatorio un acuerdo entre el empleado y el empleador en los centros federal y estatal de justicia laboral, de no llegar a una solución favorable para ambas partes, el segundo paso es acudir a los tribunales a buscar la resolución del conflicto”, aseguró.

Asimismo, Andrés Medina Guzmán, director del Centro Estatal de Justicia Laboral, agregó que ahora se garantiza la impartición de justicia en materia laboral de una manera eficaz y eficiente.

Desde hoy, una denuncia individual debe ser presentada en un centro de conciliación, la solución del conflicto de acuerdo al artículo 684-D de la Ley Federal del Trabajo (LFT), no deberá exceder de 45 días naturales.

De no darse un acuerdo en la etapa conciliatoria, la denuncia se pasa a un tribunal laboral, donde no puede pasar de 6 meses la resolución final.

Finalmente, se informó que en Michoacán hay 4 centros de conciliación laboral, ubicados en Morelia, Uruapan y Zamora. En los mismos municipios se encuentran los juzgados laborales.

Información Jorge Mora

Coparmex respalda propuesta para aumentar días de vacaciones

Vacaciones

Una de las propuestas es que las y los trabajadores tengan seis días después del primer año en su organización, serían 12.

Luego de que la Cámara de Senadores anunciara que trabaja en tres iniciativas de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para aumentar el período mínimo de vacaciones pagadas al que tienen derecho los trabajadores con empleos formales en el país, la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX), indicó que respaldará las modificaciones legales que se hagan sobre este tema.

Así lo expresó el presidente de la Comisión Laboral de dicho organismo, Ricardo Barbosa, quien aclaró que el 60 por ciento de los empleadores formales ya otorga prestaciones superiores a las de ley, incluyendo más de 6 días de vacaciones, gracias a los contratos colectivos de trabajo.

“Sabemos que la Ley Federal del Trabajo se ha quedado atrasada en el tema de las vacaciones, ya que en 50 años nunca ha sido reformada esta parte, por lo que apoyamos la propuesta de los legisladores”, indicó.

Sin embargo, sugirió que en caso de aprobarse la reforma, se contemple un período de transición bien definido para que los cambios entren en vigor a partir de enero de 2023.

“Estamos a favor de que la ley se actualice a la realidad, pero en algunas cosas debemos dialogar y en otras acotar para evitar un impacto en las finanzas, principalmente de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes). Por eso el incremento debe darse de manera progresiva, es decir, que en el primer año de transición, en vez de subir a doce días, sean nueve. Ya en el segundo año, que sean los doce días propuestos”, señaló.

Además, el representante de la COPARMEX, insistió en que hay otro tipo de pendientes que deben ser analizados en beneficio de los trabajadores, “como la atención digna en los centros de seguridad social, el acceso a viviendas de buena calidad, créditos hipotecarios más económicos y pensiones más decentes”, puntualizó