Gobierno de México llama a legisladores a precisar nueva Ley de Amparo para evitar retroactividad

Con estas precisiones, subrayó, habrá claridad sin violar la Constitución

En conferencia de prensa matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, el coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia de México, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, explicó que el decreto de reforma a la Ley de Amparo, aprobado por el Senado de la República, no es retroactivo y no afecta a los procesos ya iniciados.

“La presidenta tiene razón en ser muy enfática de que en este gobierno no se impulsan ni se avalan leyes ni actos contrarios a la Constitución y no hay cabida a la aplicación retroactiva de ninguna ley en perjuicio de persona alguna.”

Lo anterior, establecido en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Durante su intervención, Zaldívar Lelo de Larrea hizo un llamado respetuoso a las y los legisladores a realizar las siguientes precisiones:

  1. La Ley de Amparo es una ley procesal.
  2. Las leyes procesales se aplican sólo a los actos y etapas que ocurren después de su entrada en vigor, no a los que ya sucedieron y quedaron firmes.
  3. Aplicar las nuevas normas a los actos y etapas futuras no es retroactividad.

“No se van a revocar suspensiones ni actos en los amparos que ya causaron estado, y creemos que esto se debe establecer de manera expresa en el precepto.”

Con estas precisiones, subrayó, habrá claridad sin violar la Constitución; las nuevas disposiciones no serán retroactivas y no se afectarán derechos adquiridos.

Ayer, la primera mandataria aclaró que el artículo transitorio que establece retroactividad fue agregado en el Senado de la República; el objetivo de la reforma no es cambiar la Constitución, sino reducir los tiempos en la aplicación de la justicia y evitar que un amparo de manera automática obstruya la actuación de la Unidad de Inteligencia Financiera en casos de juicios fiscales.

Al mismo tiempo, no permitir que, una vez que la Suprema Corte de Justicia dé una resolución, este ya no sea sujeto de amparo.

De acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, expuso que si se establece que la reforma de ley de amparo se aplica a los juicios en curso, no se pueden modificar las suspensiones que ya se otorgaron ni resolver de forma distinta los recursos que ya fueron resueltos; son solamente a futuro.

Debido al debate generado en torno a la redacción del artículo transitorio del proyecto de decreto, el coordinador general hizo énfasis en que el Poder Ejecutivo federal ni su titular están a favor de ningún tipo de retroactividad.

Asistieron a la conferencia de prensa: la secretaria de Cultura, Claudia Curiel de Icaza, así como las y los finalistas del concurso México Canta. También el divulgador del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali), Bulmaro Juárez Sánchez.